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¿Sabes que puedes desgravarte hasta un 80% de tus donaciones a Amigos/as del CNIO?

Todas las aportaciones a la Fundación Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas Carlos III (F.S.P. CNIO) se benefician de las deducciones fiscales contempladas por el Real Decreto-Ley 6/2023, del 19 de diciembre, y la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Importante: para poder informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donativos es imprescindible que nos facilites tu nombre completo, NIF/NIE o CIF y domicilio. Si todavía no lo has hecho recuerda enviárnoslo antes del 31 de diciembre del año de tu donación: filantropia@cnio.es, o en el 91 73 28 000.

Desgravación fiscal personas físicas *

  • Con los primeros 250€ de tu donación al CNIO, la desgravación fiscal aplicada es de un 80%.
  • A partir de 250€, te desgravarás el 40% sobre la cantidad restante, en caso de ser la primera donación, y el 45%, si has donado en los dos ejercicios anteriores por un importe igual o superior.
Deducción IRPF

Aquí puedes ver con más detalle este desglose: Abrir Cerrar

  • Los primeros 250 € el porcentaje que se aplica en la deducción es el 80%, por lo que como Amigo/a del CNIO te desgravarías hasta 200 €.
  • De la restante cantidad, 100 euros, se deduce el 40%, por lo que como Amigo/a del CNIO te desgravarías hasta 40 €.
  • En caso de que llevases más de dos años donando por un importe igual o superior, el importe total a deducir será de 45 €, ya que se aplicaría el 45% sobre esta cantidad. Por lo que en este caso el importe total a deducir sería de hasta 245€.

* La deducción es por la suma de las aportaciones anuales a entidades sujetas a desgravación fiscal. El límite de la deducción será el 10% de la base liquidable del impuesto. Estas deducciones no son aplicables a las comunidades autónomas de Navarra y del País Vasco.

** La información contenida en este ejemplo es una nota informativa de carácter general, no constituye asesoramiento especifico. Más información en Agencia Tributaria.

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Desgravación fiscal personas jurídicas (IS) *

En el caso de personas jurídicas, la desgravación fiscal de las donaciones al CNIO en el impuesto de sociedades es del 40%.

Esta deducción se incrementará al 50% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos dos años consecutivos.

* Límite del 15% de la base imponible y se aplicará el porcentaje por la totalidad de las donaciones realizadas anuales a entidades sujetas a desgravación fiscal.

** Las cantidades no deducidas se pueden aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, también puedes obtener un beneficio fiscal por el importe de tus donativos al CNIO. Puedes consultarlo en sede.agenciatributaria.gob.es.

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