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¿Sabes que puedes desgravarte hasta un 80% de tus donaciones a Amigos/as del CNIO?
Todas las aportaciones a la Fundación Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas Carlos III (F.S.P. CNIO) se benefician de las deducciones fiscales contempladas en la Ley 49/2002 de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Importante: para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus donativos es imprescindible que nos facilites tu nombre completo, NIF/NIE o CIF y domicilio. Si todavía no lo has hecho nos puedes contactar en filantropia@cnio.es y en el 91 73 28 000.
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¿Qué es el mecenazgo y en qué te puede beneficiar fiscalmente ser Amigo/a del CNIO?.
La RAE define el mecenazgo como la “protección o ayuda dispensada a una actividad científica, cultural o artística”.
Esta contribución se legisla en la Ley 49/2002 que reconoce la contribución privada a la financiación de actividades de interés general, como es el caso de la labor científica e investigadora que hacemos en el CNIO en beneficio de toda la sociedad.
Para fomentar estas donaciones y actos de filantropía se ofrecen una serie de incentivos fiscales de los que podrían beneficiarse aquellas personas y entidades que nos donan. El Título III de esta ley regula los requisitos y beneficios fiscales aplicables, cuyas deducciones se aplican tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como en el Impuesto de Sociedades (IS).